2005
Nº 13
ASESORÍA LABORAL

El 24 de Junio de 2005, ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Convenio Colectivo para las empresas de Mediación en Seguros Privados.

Hay dos meses de plazo para aplicarlo en las nominas de los trabajadores.

Vale la pena hacer un poco de historia sobre el particular pues son tres las publicaciones en el BOE que llevamos este año.

Primeramente, el día 17 de Enero se publico en el Boletín Oficial del Estado el Convenio correspondiente al 2004, que no se había publicado hasta esa fecha. Entonces procedía hacer y pagar a los trabajadores las Diferencias de Convenio correspondientes a todo el año 2004.

Posteriormente el BOE del día 24 de Febrero de 2005 publica la revisión salarial de 2004; nueva tabla ajustando la subida salarial del IPC, al haber superado este índice el previsto en Convenio, pues según el articulo 47 si el IPC del 2004 superaba el 3% se modificaría la tabla salarial en vigor, aplicándose desde el mes siguiente a conocerse el IPC que fue del 3,2 %, pero sin realizarse abono de diferencias por el mes de Enero 2005.

Así las cosas, es cuando el BOE del 24 de Junio de 2005 publica el nuevo Convenio Colectivo para las empresas de Mediación de Seguros Privados del año 2005, que incluye nueva tabla salarial con un incremento del 2% sobre la Tabla Salarial del 2004 revisada –la del 24 de Febrero- y con efectos del 1 de Enero de 2005, por tanto hay que hacer y pagar las diferencias desde Enero de 2005 en el plazo de dos meses. Aparece también una cláusula de revisión en caso de que el IPC de este año supere el 2%, algo realmente muy probable tal como va la inflación este año.

El resto de modificaciones con respecto el anterior Convenio son escasas, pero es importante destacar la modificación del Articulo 15, por el que se aumenta el tiempo de duración de los contratos eventuales, ahora son 8 meses en un periodo de 16 meses, hasta ahora eran 6 meses en un periodo de 12.

FERNANDO NOCEDAL CASTELLS