| OPINIÓN |
APROPIACIÓN INDEBIDA En muchas ocasiones, la mecánica que frecuentemente se utiliza en la contratación de los seguros, probablemente debido a la costumbre, hace que los mediadores, la mayoría de las veces sin saberlo, observen conductas que de no adoptarse las cautelas necesarias pueden ser constitutivas de un ilícito penal. Una de ellas, por poner el ejemplo más clarificador es la que expongo a continuación: Una persona a la que le han devuelto un recibo por no disponer de fondos en su cuenta, entrega su importe a un corredor para que cuando acuda a la Compañía abone el seguro. El mediador le extiende el pertinente recibo acreditativo de la recepción del dinero para abonar la prima. El corredor tarda algún tiempo en personarse en la Compañía, y cuando lo hace, ya ha transcurrido el tiempo para reanudar la póliza y se le dice que lo único que cabe hacer es una póliza nueva, pero que la prima es un poco más elevada. El Corredor pone este hecho en conocimiento del asegurado, y le entrega de nuevo el importe que éste en su día le entregó, pero se olvida de que el asegurado le firme el recibo como que ese dinero le es devuelto. El asegurado, enfadado porque se le ha aumentado la prima del seguro y culpando de ello al corredor, denuncia a éste manifestando en la denuncia que el dinero que le entregó para atender la prima no le fue devuelto y que el mediador se lo apropió indebidamente. Pues bien, para el caso de que en el procedimiento penal no se pudiera demostrar que el dinero le fue efectivamente devuelto y esta cantidad no es superior a 400,00 euros, el mediador podría ser condenado como autor de una falta de apropiación indebida, ya que si el importe entregado por el asegurado excede de la citada cantidad estaríamos ya hablando de un delito y no de una falta. Casos relacionados con el manejo del importe de las primas por parte de los mediadores que han concluido con una condena penal hay muchos, por lo que en todo caso, hay que ser muy cuidadoso en este sentido, y siempre formalizar por escrito dichas operaciones, sobre todo cuando se entrega dinero al tomador y/o asegurado. José Luis Ferrer Grima. |