CONVENIO DE MEDIACIÓN 2004



El pasado día 29 de Octubre, AEMES y CC.OO, Sindicato mayoritario en la Comisión Negociadora, han firmado el Convenio Colectivo de Trabajo de la Mediación, correspondiente al año 2004 y AEMES quiere aprovechar ésta ocasión para recordar a las empresas que se dediquen a la mediación en seguros privados, la obligatoriedad de aplicar correctamente a sus trabajadores el Convenio del Sector de la Mediación y no otro, ya que sólo de esta manera podrán evitar sanciones calificadas de carácter grave por la Autoridad Laboral, o reclamaciones de los propios empleados ante la Magistratura de Trabajo.

Las novedades introducidas en el Convenio son, básicamente, las siguientes:

• Incremento del 3% sobre la Tabla Salarial y otros conceptos económicos, con efecto retroactivo al 01/01/2004, pero sin cláusula de revisión si el IPC supera dicho 3%.
• Modificaciones en el Art. 15, en el sentido de ampliación de la duración del Contrato en Prácticas y su periodo de prueba.
• Ampliación del periodo de prueba establecido en el Art. 19.
• Actualización del Cap. VI, sobre Formación Profesional.
• Actualización del Art. 35.2, sobre permisos por nacimiento, lactancia, etc.
• Actualización del Art. 63, sobre prestaciones complementarias por Incapacidad Temporal.
• Modificación del Art. 66, Apartados A y B, sobre compensación económica vitalicia y compensación económica por jubilación a los 65 años, determinando los instrumentos aptos para exteriorizar los compromisos establecidos en dicho artículo.
• Modificación del Art. 80, sobre la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio, rebajando al 7 el número de miembros, y a 28 horas su crédito horario (antes 9 miembros y 50 horas).

En la parte privada de nuestra web: www.aemes.net dentro de la sección de documentación/convenios, se encuentra el texto íntegro del acuerdo y, en breve, dispondrán de una Circular explicando su correcta aplicación.






Madrid, a 2 de Noviembre de 2004